Los pasajeros cuando, además de sus efectos personales, traen artículos para importar a Cuba, dinero en efectivo en cantidad superior a $ 5000,00 USD o su equivalente en otras monedas o equipos de comunicación, satelital y otros, deben llenar la Declaración de Aduanas, brindando toda la información que en la misma se solicita.

Son efectos personales de los pasajeros los artículos nuevos o usados, que pueda razonablemente necesitar para su uso personal en el transcurso de su viaje, teniendo en cuenta todas las circunstancias de este viaje y las estancias intermedias, con exclusión de cualquier mercancía importada o exportada con fines comerciales.